La Ley 27.799, promulgada el 2 de enero de 2026, trae beneficios diferentes según si pensamos en tu empresa o en vos como propietario. Para la empresa (SRL, SA, etc.): presunción de exactitud, nuevos umbrales penales y extinción penal por pago. Para vos como persona humana: el Régimen Simplificado de Ganancias con deadline en junio 2026.
QUE CAMBIA CON LA LEY 27.799
La Ley 27.799, sancionada el 26 de diciembre de 2025 y promulgada por Decreto 933/2025 el 2 de enero de 2026, es importante porque modifica el régimen tributario y penal en materia fiscal. Se reglamentó por Decreto 93/2026 y Resolución General ARCA 5820/26.
Pero tené claro: la ley impacta diferente si hablamos de tu empresa como persona jurídica (SRL, SA, etc.) o de vos como persona humana. No son lo mismo, y los beneficios tampoco.
Esta guía te muestra ambos caminos.
PARA TU EMPRESA (PERSONAS JURIDICAS): TRES CAMBIOS CONCRETOS
Si tu empresa es SRL, SA, o cualquier sociedad mercantil, estos tres puntos te aplican directamente:
1. PRESUNCION DE EXACTITUD DE TUS DECLARACIONES
Ahora, si presentás tus declaraciones juradas en tiempo y forma, ARCA las considera exactas. No puede reabrir períodos cerrados a menos que encuentre una discrepancia genuina.
Y la ley define exactamente cuándo ARCA puede reabrir:
- Si la diferencia es del 15% o mayor respecto del impuesto declarado, o
- Si la diferencia es de $100.000.000 o mayor (lo que sea menor), o
- Si detecta facturas apócrifas (falsificadas)
Qué significa esto para tu empresa: Estás protegido si cumplís. ARCA no puede pescar en tu pasado para encontrar discrepancias menores. Te da certeza.
Pero hay un pero: esto solo aplica si tus facturas son reales. Si una factura es falsa, se cae el escudo.
2. NUEVOS UMBRALES PENALES: MUCHO MAS ALTOS
Antes, tu empresa podía entrar en zona penal tributaria por montos relativamente bajos. Ahora los umbrales suben significativamente.
EVASION SIMPLE
Antes: $1.500.000 | Ahora: $100.000.000
EVASION AGRAVADA
Antes: $15.000.000 | Ahora: $1.000.000.000
APROPIACION INDEBIDA (POR MES)
Antes: $100.000 | Ahora: $10.000.000
PRESCRIPCION PENAL
Antes: 5 años | Ahora: 3 años
Qué significa esto: Un incumplimiento fiscal que antes era delito, ahora tal vez sea solo una infracción administrativa. Los umbrales suben decenas de veces. Tu empresa tiene más margen antes de que ARCA pueda denunciar penalmente.
3. EXTINCION DE LA ACCION PENAL POR PAGO TOTAL
Si tu empresa enfrenta un reclamo fiscal o sospechas que está bajo investigación, hay una salida:
Antes de que ARCA formule una denuncia penal, si pagás el 100% del impuesto adeudado, la acción penal se extingue. ARCA no denuncia.
Si la denuncia ya está en marcha, podés pagar el 100% del impuesto más un 50% adicional dentro de 30 días hábiles. Esto también extingue la acción.
Qué significa esto: Es un último recurso, no es ideal, pero existe una vía para zafar de una denuncia penal si pagás. Requiere precisión en los plazos, así que necesitás abogados y contadores alineados.
ESOS TRES PUNTOS APLICAN A TU EMPRESA, SEAS QUIEN SEAS SU DUEÑO.
PARA VOS COMO PROPIETARIO O SOCIO (PERSONAS HUMANAS): EL REGIMEN SIMPLIFICADO
Ahora viene la parte que impacta en vos personalmente. Como persona humana (PH), o si heredes o formes parte de una indivisa, tenés acceso a un régimen especial que solo aplica a personas, no a empresas.
ESTO ES SOLO PARA PERSONAS HUMANAS, NO PARA EMPRESAS.
QUIEN PUEDE ADHERIR AL REGIMEN SIMPLIFICADO
Vos podés entrar si:
- Sos persona humana o persona en indivisa (sucesión)
- Tus ingresos totales anuales no superan $1.000.000.000 (mil millones)
- Tu patrimonio no supera $10.000.000.000 (diez mil millones)
- Podés formalizar la adhesión antes del 30 de junio de 2026
Esta es la fecha clave. Junio 2026. Después, se cierra la puerta.
QUE CONSEGUIS SI ADHERES
Si decidís entrar, obtenés algo valioso:
EFECTO LIBERATORIO RETROACTIVO DE 5 AÑOS: ARCA no puede investigar, durante esos 5 años previos, ni tu incremento patrimonial ni tus depósitos bancarios. Se congelan esas dos líneas de investigación.
No tenés que presentar una declaración especial de activos omitidos. No pagás una alícuota de ingreso del 5% o 10%. Simplemente entrás en el régimen y quedás protegido.
De ahora en adelante, cumplís con las obligaciones tributarias normales. Pero el pasado queda cubierto.
QUE NO ENTRA EN LA PROTECCION
Importante: La protección no es absoluta.
- Facturas falsas: Si ARCA detecta que usaste facturas apócrifas, pierde el beneficio. Las facturas tienen que ser reales. Línea roja.
- Ley antilavado: La Ley 25.246 sigue vigente. Si ARCA o la UIF sospechan operaciones de lavado, pueden investigar igual. La presunción de exactitud no te cubre acá.
LO QUE NO ES ESTA LEY
Acá es donde conviene ser claros:
NO es un blanqueo tradicional. No comparás con regímenes viejos de regularización masiva donde pagabas alícuota de ingreso. Acá no pagás eso.
NO aplica a empresas (personas jurídicas). Si tu empresa es SRL, SA, etc., ella no entra en el Régimen Simplificado. Pero vos como persona sí. Son cosas distintas.
NO es ilimitado. Los umbrales de ingreso y patrimonio son límites reales. Si tenés ingresos de $2.000 millones, no entra. Si tu patrimonio supera $10 mil millones, tampoco.
NO es un perdón de infracciones previas. Si ARCA ya detectó maniobras de lavado o facturas falsas, la ley no te cubre.
COMO FUNCIONA SI TENEMOS UNA EMPRESA Y SOS SU DUEÑO
Acá es donde el asunto se vuelve práctico. Ejemplos:
Scenario A: Tu empresa (SRL) tiene ingresos pero estás en paz fiscal. Vos como persona tenés ingresos anuales de $800 millones.
- Para la empresa: Aprovechás la presunción de exactitud. Si tus DDJJ están en orden, ARCA no te toca.
- Para vos: Podés adherir al Régimen Simplificado como persona humana. Te protegés los 5 años atrás de incrementos patrimoniales y depósitos. Entrada antes de junio 2026.
Scenario B: Tu empresa está siendo auditada. Pagás lo que debe, se extingue la acción penal de la empresa.
- Para la empresa: Hacés el pago total, extinguís la denuncia penal.
- Para vos como persona: Seguís siendo eligible para el Régimen Simplificado si cumplís los otros requisitos.
Scenario C: Tenés facturas que no podés justificar.
- No entres en el régimen simplificado. Las facturas falsas anulan el beneficio.
QUE HACER AHORA: PASOS CONCRETOS
1. REVISA TU SITUACION FISCAL HOY
Tienes que saber dónde estás parado:
Para la empresa:
- ¿Están todas tus DDJJ presentadas en tiempo?
- ¿Tus facturas son reales?
- ¿Tenés investigaciones en marcha?
Para vos como persona:
- ¿Tenés ingresos anuales menores a $1.000.000.000?
- ¿Tu patrimonio total es menor a $10.000.000.000?
- ¿Podés certificar que tus facturas son reales?
2. COORDINA CON TU CONTADOR
Si decidís adherir al Régimen Simplificado, tu contador tiene que presentar la solicitud ante ARCA. Esto no es automático, se formaliza por pedido.
Hablá con tu contador YA. Junio 2026 no es mañana, pero tampoco es dentro de un año.
3. SI ENFRENTA UNA INVESTIGACION, ACTUA RAPIDO
Si ARCA ya abrió una carpeta sobre tu empresa o sobre vos:
- Consulta con nosotros. Tenemos que evaluar si la extinción por pago total es viable.
- Si lo es, hay que moverse en el plazo correcto. Una demora puede cerrar la puerta.
4. NO DEJES FACTURAS AL AIRE
Esta es línea roja. Cualquier factura que no podás justificar anula los beneficios de la ley. Si tenés dudas sobre alguna factura que usaste, resolvelo antes de meter baza.
5. CONSULTA CON NOSOTROS ANTES DE DECIDIR
No hay dos casos iguales. Tu tamaño, tus ingresos, tu estructura societaria, si tenés denuncias previas, si tu contador está alineado, todo eso cambia la estrategia.
Necesitás análisis profesional. Llamanos, nos sentamos, miramos los números, y te recomendamos qué hacer.
QUE RECORDAR
La Ley 27.799 abre oportunidades, pero con plazo. Junio 2026 es la fecha clave para personas humanas. Los nuevos umbrales penales suben la vara para delitos tributarios. Y la presunción de exactitud protege a quien cumple.
Pero no confundas lo que aplica a tu empresa con lo que aplica a vos. Son cosas distintas. Y si tenés dudas, no improvises. Consultá antes de actuar.
La Ley 27.799, sancionada el 26 de diciembre de 2025 y promulgada por Decreto 933/2025 el 2 de enero de 2026, es importante porque modifica el régimen tributario y penal en materia fiscal. Se reglamentó por Decreto 93/2026 y Resolución General ARCA 5820/26.
Pero tené claro: la ley impacta diferente si hablamos de tu empresa como persona jurídica (SRL, SA, etc.) o de vos como persona humana. No son lo mismo, y los beneficios tampoco.
Esta guía te muestra ambos caminos.
PARA TU EMPRESA (PERSONAS JURIDICAS): TRES CAMBIOS CONCRETOS
Si tu empresa es SRL, SA, o cualquier sociedad mercantil, estos tres puntos te aplican directamente:
1. PRESUNCION DE EXACTITUD DE TUS DECLARACIONES
Ahora, si presentás tus declaraciones juradas en tiempo y forma, ARCA las considera exactas. No puede reabrir períodos cerrados a menos que encuentre una discrepancia genuina.
Y la ley define exactamente cuándo ARCA puede reabrir:
- Si la diferencia es del 15% o mayor respecto del impuesto declarado, o
- Si la diferencia es de $100.000.000 o mayor (lo que sea menor), o
- Si detecta facturas apócrifas (falsificadas)
Qué significa esto para tu empresa: Estás protegido si cumplís. ARCA no puede pescar en tu pasado para encontrar discrepancias menores. Te da certeza.
Pero hay un pero: esto solo aplica si tus facturas son reales. Si una factura es falsa, se cae el escudo.
2. NUEVOS UMBRALES PENALES: MUCHO MAS ALTOS
Antes, tu empresa podía entrar en zona penal tributaria por montos relativamente bajos. Ahora los umbrales suben significativamente.
EVASION SIMPLE
Antes: $1.500.000 | Ahora: $100.000.000
EVASION AGRAVADA
Antes: $15.000.000 | Ahora: $1.000.000.000
APROPIACION INDEBIDA (POR MES)
Antes: $100.000 | Ahora: $10.000.000
PRESCRIPCION PENAL
Antes: 5 años | Ahora: 3 años
Qué significa esto: Un incumplimiento fiscal que antes era delito, ahora tal vez sea solo una infracción administrativa. Los umbrales suben decenas de veces. Tu empresa tiene más margen antes de que ARCA pueda denunciar penalmente.
3. EXTINCION DE LA ACCION PENAL POR PAGO TOTAL
Si tu empresa enfrenta un reclamo fiscal o sospechas que está bajo investigación, hay una salida:
Antes de que ARCA formule una denuncia penal, si pagás el 100% del impuesto adeudado, la acción penal se extingue. ARCA no denuncia.
Si la denuncia ya está en marcha, podés pagar el 100% del impuesto más un 50% adicional dentro de 30 días hábiles. Esto también extingue la acción.
Qué significa esto: Es un último recurso, no es ideal, pero existe una vía para zafar de una denuncia penal si pagás. Requiere precisión en los plazos, así que necesitás abogados y contadores alineados.
ESOS TRES PUNTOS APLICAN A TU EMPRESA, SEAS QUIEN SEAS SU DUEÑO.
PARA VOS COMO PROPIETARIO O SOCIO (PERSONAS HUMANAS): EL REGIMEN SIMPLIFICADO
Ahora viene la parte que impacta en vos personalmente. Como persona humana (PH), o si heredes o formes parte de una indivisa, tenés acceso a un régimen especial que solo aplica a personas, no a empresas.
ESTO ES SOLO PARA PERSONAS HUMANAS, NO PARA EMPRESAS.
QUIEN PUEDE ADHERIR AL REGIMEN SIMPLIFICADO
Vos podés entrar si:
- Sos persona humana o persona en indivisa (sucesión)
- Tus ingresos totales anuales no superan $1.000.000.000 (mil millones)
- Tu patrimonio no supera $10.000.000.000 (diez mil millones)
- Podés formalizar la adhesión antes del 30 de junio de 2026
Esta es la fecha clave. Junio 2026. Después, se cierra la puerta.
QUE CONSEGUIS SI ADHERES
Si decidís entrar, obtenés algo valioso:
EFECTO LIBERATORIO RETROACTIVO DE 5 AÑOS: ARCA no puede investigar, durante esos 5 años previos, ni tu incremento patrimonial ni tus depósitos bancarios. Se congelan esas dos líneas de investigación.
No tenés que presentar una declaración especial de activos omitidos. No pagás una alícuota de ingreso del 5% o 10%. Simplemente entrás en el régimen y quedás protegido.
De ahora en adelante, cumplís con las obligaciones tributarias normales. Pero el pasado queda cubierto.
QUE NO ENTRA EN LA PROTECCION
Importante: La protección no es absoluta.
- Facturas falsas: Si ARCA detecta que usaste facturas apócrifas, pierde el beneficio. Las facturas tienen que ser reales. Línea roja.
- Ley antilavado: La Ley 25.246 sigue vigente. Si ARCA o la UIF sospechan operaciones de lavado, pueden investigar igual. La presunción de exactitud no te cubre acá.
LO QUE NO ES ESTA LEY
Acá es donde conviene ser claros:
NO es un blanqueo tradicional. No comparás con regímenes viejos de regularización masiva donde pagabas alícuota de ingreso. Acá no pagás eso.
NO aplica a empresas (personas jurídicas). Si tu empresa es SRL, SA, etc., ella no entra en el Régimen Simplificado. Pero vos como persona sí. Son cosas distintas.
NO es ilimitado. Los umbrales de ingreso y patrimonio son límites reales. Si tenés ingresos de $2.000 millones, no entra. Si tu patrimonio supera $10 mil millones, tampoco.
NO es un perdón de infracciones previas. Si ARCA ya detectó maniobras de lavado o facturas falsas, la ley no te cubre.
COMO FUNCIONA SI TENEMOS UNA EMPRESA Y SOS SU DUEÑO
Acá es donde el asunto se vuelve práctico. Ejemplos:
Scenario A: Tu empresa (SRL) tiene ingresos pero estás en paz fiscal. Vos como persona tenés ingresos anuales de $800 millones.
- Para la empresa: Aprovechás la presunción de exactitud. Si tus DDJJ están en orden, ARCA no te toca.
- Para vos: Podés adherir al Régimen Simplificado como persona humana. Te protegés los 5 años atrás de incrementos patrimoniales y depósitos. Entrada antes de junio 2026.
Scenario B: Tu empresa está siendo auditada. Pagás lo que debe, se extingue la acción penal de la empresa.
- Para la empresa: Hacés el pago total, extinguís la denuncia penal.
- Para vos como persona: Seguís siendo eligible para el Régimen Simplificado si cumplís los otros requisitos.
Scenario C: Tenés facturas que no podés justificar.
- No entres en el régimen simplificado. Las facturas falsas anulan el beneficio.
QUE HACER AHORA: PASOS CONCRETOS
1. REVISA TU SITUACION FISCAL HOY
Tienes que saber dónde estás parado:
Para la empresa:
- ¿Están todas tus DDJJ presentadas en tiempo?
- ¿Tus facturas son reales?
- ¿Tenés investigaciones en marcha?
Para vos como persona:
- ¿Tenés ingresos anuales menores a $1.000.000.000?
- ¿Tu patrimonio total es menor a $10.000.000.000?
- ¿Podés certificar que tus facturas son reales?
2. COORDINA CON TU CONTADOR
Si decidís adherir al Régimen Simplificado, tu contador tiene que presentar la solicitud ante ARCA. Esto no es automático, se formaliza por pedido.
Hablá con tu contador YA. Junio 2026 no es mañana, pero tampoco es dentro de un año.
3. SI ENFRENTA UNA INVESTIGACION, ACTUA RAPIDO
Si ARCA ya abrió una carpeta sobre tu empresa o sobre vos:
- Consulta con nosotros. Tenemos que evaluar si la extinción por pago total es viable.
- Si lo es, hay que moverse en el plazo correcto. Una demora puede cerrar la puerta.
4. NO DEJES FACTURAS AL AIRE
Esta es línea roja. Cualquier factura que no podás justificar anula los beneficios de la ley. Si tenés dudas sobre alguna factura que usaste, resolvelo antes de meter baza.
5. CONSULTA CON NOSOTROS ANTES DE DECIDIR
No hay dos casos iguales. Tu tamaño, tus ingresos, tu estructura societaria, si tenés denuncias previas, si tu contador está alineado, todo eso cambia la estrategia.
Necesitás análisis profesional. Llamanos, nos sentamos, miramos los números, y te recomendamos qué hacer.
QUE RECORDAR
La Ley 27.799 abre oportunidades, pero con plazo. Junio 2026 es la fecha clave para personas humanas. Los nuevos umbrales penales suben la vara para delitos tributarios. Y la presunción de exactitud protege a quien cumple.
Pero no confundas lo que aplica a tu empresa con lo que aplica a vos. Son cosas distintas. Y si tenés dudas, no improvises. Consultá antes de actuar.